Salario Mínimo Interprofesional.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, con el fin de cumplir la Carta Social Europea suscrita por España y el acuerdo de coalición de gobierno de subir el salario mínimo hasta alcanzar el 60 por ciento del salario medio en la legislatura,encargó a esta Comisión dos objetivos:Estimar cuál es el 60 por ciento del salario medio.

1.-Señalar cuál es la senda más conveniente para, en su caso, alcanzarlo a lo largo de la legislatura.
2.-Respecto al primer objetivo, la Comisión analizó el contenido de la Carta Social Europea, intentó determinar qué conceptos salariales forman parte del salario mínimo interprofesional y repasó las fuentes estadísticas oficiales disponibles que informan sobre el salario medio. A partir de esta información alcanzó los acuerdos relativos al objetivo 1 que se concretan en la determinación de una horquilla de incremento del salario mínimo que permita alcanzar el objetivo del 60 por ciento del salario medio en 2023.
Respecto al segundo objetivo, la Comisión acuerda proponer una senda orientativa de convergencia del salario mínimo hacia el 60 por ciento del salario medio, conforme a los valores propuestos en el objetivo 1. A pesar de que todavía no se ha resuelto la incertidumbre sobre la situación económica y social en la que se encuentra España, la evolución reciente de la pandemia y las previsiones sobre el crecimiento macroeconómico han permitido establecer unos escenarios posibles para que el Gobierno, en el marco del diálogo social, determine cuál es la mejor opción.
La Comisión ha creído conveniente, por su parte, hacer también una serie de recomendaciones para la mejora futura de la información salarial disponible en las estadísticas y registros públicos, así como sobre los análisis pendientes.
Todo ello con la intención de facilitar y mejorar la toma de decisiones política

Siguiendo las recomendaciones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), la Comisión acuerda tomar el salario medio neto para un trabajador a tiempo completo como referencia principal para medir la suficiencia del salario mínimo, frente a otras alternativas, como la consideración del salario mediano o de una referencia en términos brutos. En cualquier caso, y en aras de permitir la comparación con los principales países de nuestro entorno, se acuerda facilitar la referencia bruta equivalente. La elección de un marco a tiempo completo permite fijar una referencia válida en términos de salario por hora para cualquier tipo de relación laboral dado que incluir a los trabajadores a tiempo parcial en el cálculo reduciría la estimación del salario medio en la práctica al incorporar brechas salariales por hora no justificadas a la referencia salarial.


El salario es uno de los determinantes económicos más importante, sin embargo, no hay una fuente óptima que permita estimar el salario medio, pues todas las fuentes disponibles adolecen de pros y contras.


Para determinar el nivel del salario medio neto se han analizado las principales fuentes estadísticas oficiales nacionales que ofrecen información sobre la evolución y distribución salarial. En concreto, la Encuesta trimestral de coste laboral (ETCL) del INE, la Remuneración de asalariados de la Contabilidad Nacional Trimestral (CNTR) del INE, la Encuesta Anual de Coste Laboral (EACL) del INE, la Encuesta de Estructura Salarial (EES) del INE en sus dos vertientes (anual y cuatrianual), la submuestra de la Encuesta de Población Activa del INE, las fuentes tributarias de la AEAT y la Muestra Continua de Vidas Laborales (MCVL) de la Tesorería General de la Seguridad Social.

MÁS INFORMACIÓN EN ESTE ENLACE:

ANALISIS DEL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL



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